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Nueva normalidad

Nueva normalidad

Por Gobierno de México | 6 Agosto, 2020 |

Nueva normalidad

Reactivación de la economía mexicana de forma responsable y segura

A partir del 1 de junio de 2020, en México se definirá semanalmente el riesgo de contagio por región, a través de un sistema de semáforo. El color del semáforo indicará las actividades que es posible realizar en los ámbitos económico, educativo y social.

 

En lo relativo al ámbito económico, en las regiones identificadas con color rojo (con riesgo epidemiológico máximo), estarán permitidas únicamente las actividades esenciales que no se han detenido desde el inicio de la Jornada Nacional de Sana Distancia, añadiendo las actividades dentro de los sectores de construcción, minería y fabricación de equipo de transporte. En las regiones identificadas con el color naranja (riesgo epidemiológico alto), además de las actividades esenciales, las actividades no esenciales podrán reactivarse, aunque deberán realizarse con una capacidad de únicamente el 30% del personal y con medidas de sana distancia estrictas. En cambio, el las regiones identificadas con los colores amarillo y verde (riesgo epidemiológico intermedio y cotidiano, respectivamente), las actividades económicas esenciales y no esenciales podrán volver a operar con capacidad completa, mientras se sigan tomando medidas para proteger la salud de los trabajadores.

Al 1 de junio de 2020, las actividades económicas catalogadas como esenciales son aquellas que pertenecen a la siguiente lista:

 

1.    Rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud

2.    Sector farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución

3.    Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud

4.    Disposición adecuada de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)

5.    Limpieza y desinfección de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención

6.    Las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana, defensa de la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia

7.    Actividad legislativa en los niveles federal y estatal

8.    Financiera

9.    Recaudación tributaria

10. Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas

11. Generación y distribución de agua potable

12. Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos

13. Supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados

14. Servicios de transporte de pasajeros y de carga

15. Producción agrícola

16. Producción pesquera

17. Producción pecuaria

18. Agroindustria

19. Industria química

20. Productos de limpieza

21. Ferreterías

22. Servicios de mensajería

23. Guardias en labores de seguridad privada

24. Guarderías y estancias infantiles

25. Asilos y estancias para personas adultas mayores

26. Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos

27. Telecomunicaciones y medios de información

28. Servicios privados de emergencia

29. Servicios funerarios y de inhumación

30. Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales

31. Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles)

32. Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno

33. Las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura critica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables; a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros

34. Empresas de producción de acero, cemento y vidrio

35. Servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social

36. Empresas y plataformas de comercio electrónico

37. Minas de carbón

38. Las empresas distribuidoras de carbón mantendrán sus actividades de transporte y logística

39. Industria de la construcción

40. Minería

41. Fabricación de equipo de transporte

Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria

De manera adicional al sistema de semáforo, se han elaborado los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria, a fin de asegurar que la reactivación de los centros de trabajo mexicanos se haga de manera responsable y ordenada. En ellos se aclara que a partir de la etapa que comienza el 1 de junio del presente año, los negocios podrán reiniciar operaciones si se sigue con lo establecido en ese documento de carácter oficial y si así lo permite el estatus de la región de acuerdo con el semáforo de riesgo epidemiológico. De cumplir con esas condiciones, no será necesario contar con una autorización previa para recomenzar labores. Sin embargo, las empresas en los sectores esenciales deberán llevar a cabo obligatoriamente su mecanismo de autoevaluación en línea, mismo que requiere ser aprobado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Los centros de trabajo de los sectores de la construcción, minería y la fabricación de equipo de transporte que hayan realizado su autoevaluación durante el periodo comprendido entre el 18 y 31 de mayo, y que cuenten con la aprobación del IMSS, no necesitarán realizar de nueva cuenta su autoevaluación.

 

Los Lineamientos señalan cuatro dimensiones que tendrán que ser tomadas en cuenta al momento de determinar cuáles medidas sanitarias se tendrán que aplicar en su negocio al momento de su reactivación.

Las medidas a tomar se enlistan en la parte final del documento y se marcan como “INDISPENSABLE”, aquéllas que todas las empresas —micro, pequeñas, medianas y grandes— deberán cumplir al momento de recomenzar actividades.

Registro para la autoevaluación del protocolo de seguridad sanitaria de las empresas

Para consultar los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria o conocer cómo elaborar protocolos sanitarios de acuerdo al tamaño y sector de su empresa, usted podrá acceder al portal http://nuevanormalidad.gob.mx. En ese mismo sitio web, entrando a la pestaña etiquetada como Datos de la Empresa, usted también podrá realizar su autoevaluación en línea y ser notificado sobre su aprobación o rechazo por parte de la autoridad competente.

 

Para este último procedimiento, se le sugiere tener a la mano su Registro Patronal, Razón Social y Registro Federal del Contribuyente. Se le presentará un cuestionario que deberá contestar con los datos de su empresa. Además, se le solicitará subir su Protocolo Sanitario en formato PDF.

 

 

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